Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas (pymes), que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.
• Organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia para ejecución de talleres:
- Entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que pertenezcan a una de las siguientes categorías: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa, clústeres empresariales o hubs de innovación digital al amparo de la Estrategia Gallega de HID.
- Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
No podrán ser beneficiarios las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
Proyectos Subvencionados
Proyectos colectivos en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
- Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
- Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
- Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, big data y similares) y ciberseguridad.
- Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares).
- Los proyectos colectivos tendrán preferencia sobre los individuales.
Gastos Subvencionados
Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte y equipo de oficina, excepto elementos informáticos.
• Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
• Gastos de suscripción a software como servicio estándar de mercado. Se admitirá como gasto subvencionable el período de suscripción durante la vigencia de la ayuda, siempre que se abone por el solicitante en el período de gasto subvencionable. Para comprobar que se trata de un producto estándar de mercado, será necesario acreditar, como mínimo, la existencia de una página web pública disponible en internet donde se expliquen las características del software y las condiciones en las que se comercializa.
• En los proyectos colectivos, si se opta por contar con un or-ganismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto. Ese importe se considerará gasto subvencionable de colabo-raciones externas y se dividirá entre todas las pymes participantes.
• En los proyectos colectivos e individuales (salvo la implementación de sistemas encaminados a la digitalización) con importe subvencionable superior a 50.000 € y que sean coordinados por un hub de innovación digital de los seleccionados al amparo de la Estrategia gallega de HID, 5.000 € en concepto de esta coordinación.
• Los organismos intermedios para la organización de los talleres:
- Colaboraciones externas directamente relacionadas con la ejecución del proyecto, para la dirección y dinamización de los grupos de empresas.
- Gastos de personal del organismo intermedio: Hasta un 10 % si la dirección y dinamización del taller se contrata a un colaborador externo o hasta el 100 % si la dirección y dinamización de los grupos de empresas la realiza el organismo intermedio con personal propio.
Plazo de Presentación
Desde el 02 de junio de 2021 hasta el 01 de julio de 2021.
Plazo de Ejecución
Proyectos de digitalización de las empresas: hasta el 15 de noviembre de 2022.
• Ejecución de talleres: Hasta el 15 de septiembre de 2022.
Cuantía de la ayuda
Para proyectos colectivos e individuales, el gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €:
50 % del gasto subvencionable.
En el caso de empresas de los sectores industriales de la automoción, textil-moda e industria auxiliar del naval: 70 % del gasto subvencionable.
Para gastos de coordinación por un DIH estratégico: 100 % del gasto subvencionable.
• Para organismos intermedios de carácter empresarial de Galicia: 100% del gasto subvencionable hasta un máximo de 25.000 euros por proyecto.