1. PROGRAMA I MICROEMPRESAS DE MANTENIMIENTO DE EMPLEO Y LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LAS MICROEMPRESAS MÁS AFECTADAS POR LA COVID-19
Beneficiarios
- Personas trabajadoras autónomas con personal contratado por cuenta ajena.
- Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica.
- Excepcionalmente, las pymes, siempre que desarrollen su actividad en sectores especialmente paralizados:
- Ocio nocturno (discotecas, pubs, cafés-espectáculo y salas de fiesta, salas de conciertos que desarrollen actividad análoga a las anteriores, café-teatro, café-cantante y tablao flamenco, cafés categoría especial y karaokes).
- Actividades de atracciones de ferias y que se trate de actividades en los que no exista establecimiento abierto al público y que pertenezcan a los siguientes CNAE: 4724, 4729, 4781, 4782, 7489, 5610, 5629, 5630, 9200.
- Los negocios encuadrados en los CNAE: 4932, 5010, 5030, 5621, 5914, 7911, 7912, 7990, 8230, 9001, 9002, 9004, 9321, 9329.
REQUISITOS:
- Tener domicilio fiscal en Galicia
- Que tengan o hubieran autorizado un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por la COVID-19 desde la declaración del estado de alarma
- Que la facturación haya bajado por lo menos un 45% en el año 2020 realizándose una comparación entre lo facturado en todo el año 2019 y los tres primeros trimestres del año 2020
OBLIGACIONES:
- Mantener la actividad económica y el empleo durante los 6 meses posteriores a la publicación de esta orden de ayudas
- No tener deudas con Hacienda, Seguridad Social y Hacienda autonómica
Cuantía de la ayuda
4.000 €. Se abonará en dos pagos (2.000 € en 2020 y 2.000 € en 2021).
5.000 € para las personas o entidades de sectores especialmente paralizados. Se abonará en dos pagos (2.500 € en 2020 y 2.500 € en 2021).
2. PROGRAMA II APOYO SECTOR HOSTELERÍA (TR400C)
Beneficiarios
- Personas trabajadoras autónomas persona física, o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo
- Microempresas
- Pymes
- Incluidos hoteles, hostales, casas rurales y otros tipos de alojamiento que cumplan los REQUISITOS:
- Tener domicilio fiscal en Galicia
- Estar afectado por los supuestos de cierre del establecimiento o de cierre perimetral del ayuntamiento en los que se sitúe el establecimiento dictados por la autoridad sanitaria de la Xunta de Galicia
- Tener cerrada la actividad durante un mínimo de dos semanas (que no permita el consumo de los clientes dentro del establecimiento dentro del establecimiento o en las terrazas del mismo)
Cuantía de la ayuda
- 1.500 € por mes de paralización desde el mes de octubre y 2.000 € en caso de establecimientos que ocupen a 10 personas trabajadoras o más de 10 (pymes).
- 750 € por paralización de dos semanas y 1.000 € en caso de establecimientos que ocupen a 10 personas trabajadoras o más de 10 (pymes).
Las ayudas son por establecimiento paralizado pudiendo tener más de un establecimiento con pleno derecho a la ayuda.