PROGRAMA DE RESCATE DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS AFECTADAS POR LA CRISIS DE LA COVID-19


Beneficiarios

  1. Personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en Régimen de trabajadores del Mar como trabajadores por cuenta propia que tengan el domicilio fiscal en Galicia y que tengan reconocido el cese ordinario o extraordinario de actividad regulado en el RD Ley 30/2020 de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.
  2. Para las ayudas indicadas en el punto B) del apartado de cuantía de la ayuda, las personas trabajadoras autónomas que además de cumplir los anteriores requisitos deberá estar encuadrado en algunos de los sectores cuya actividad estuviese especialmente paralizada:

a. El ocio nocturno (discontecas, pubs, cafés-espectáculo y salas de fiestas, establecimientos de salas de conciertos que desarrollen actividad de forma análogo que los anteriores y otros.. café-concierto, café-teatro, café-cantante y tablao flamenco, karaokes.)

b. Actividades de atracciones de ferias que pertenezcan a los siguientes CNAE: 4724, 4729, 4781, 4782, 7489, 5610, 5629, 5630, 9200

c. Los negocios encuadrados en los CNAE: 4932, 5010, 5030, 5621, 5914, 7911, 7912, 7990, 8230, 9001, 9002, 9004, 9321, 9329.

REQUISITOS Y OBLIGACIONES:

  • No tener deudas con Hacienda, Seguridad Social y Hacienda autonómica
  • Permanecer en alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar un tiempo mínimo de 2 meses desde el 18/11/2020

Cuantía de la ayuda

• A) 1.200 € para personas trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del punto 1 anterior.

• B) 2.000 € para personas trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del punto 2 anterior.

Plazo de Presentación de Solicitudes

Hasta el 18 de diciembre de 2020.