Requisitos de las personas contratadas
- Que hayan cumplido los 16 años y no superen los 30 años en el momento de la contratación.
- Estar en situación de desempleo (desocupadas en el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato) e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo en el momento de su contratación y que, a su vez, carezca de ocupación en el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio de contrato, según el informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Que no tengan una experiencia profesional superior a un año (365 días) en el mismo grupo de cotización en el que van a ser contratadas.
- Para la formalización de un contrato en prácticas: Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Título universitario (Grado universitario, Máster universitario, Doctorado), Título de grado medio o superior, Especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, Título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.
- Para la formalización de un contrato de formación en alternancia: Carecer de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional con personas que posean otra titulación siempre que no tuvieran otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.
Requisitos de los contratos
- Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.
- Serán subvencionables tanto las nuevas contrataciones como las contrataciones realizadas con anterioridad a la solicitud de ayudas, siempre que se cumplan todos los requisitos. El período durante el que se tienen que producir los contratos formativos para que sean subvencionables será desde el 16 de octubre de 2024 hasta el 15 de octubre de 2025.
- El número máximo de contratos que se van a subvencionar por cada persona o entidad solicitante se establece en 3. Las personas empleadoras y empresas beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden que no realicen, como mínimo, un 50 % de las contrataciones que les fueran concedidas serán excluídas de la próxima convocatoria.
Cuantía de la ayuda
Incentivo a la contratación por 12 meses a jornada completa:
a. Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y
2: 16.625 €.
b. Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a
7: 13.300 €.
c. Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a
11: 9.975 €.