Beneficiarios

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) cualquiera que sea su forma jurídica, y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.

  • Las pymes podrán solicitar ayudas a la tipología de proyectos individuales.
  • Para poder solicitar las ayudas a la tipología de proyectos colectivos los interesados deberán previamente constituir una agrupación. La agrupación de empresas no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 35 de la Ley 9/2007.
  • En caso de que exista vinculación entre algunas empresas de la agrupación, las empresas vinculadas contarán como una única a efectos de la evaluación del proyecto. Si todas ellas estuvieran vinculadas, se evaluaría el proyecto como varias solicitudes individuales.
  • Cada agrupación específica solo podrá presentar un proyecto, sin embargo, en el caso de coordinación por un organismo intermedio, este podrá coordinar más de un proyecto colectivo, siempre que la composición de las agrupaciones en cada proyecto sea diferente (se entenderá que dos agrupamientos son distintos cuando no coincidan en ellos más de dos empresas).
  • Las pymes podrán presentar uno o más proyectos individuales y participar en una o más agrupaciones, siempre que las inversiones y gastos de cada una de las solicitudes sean distintos.

Exclusiones

  1. Las empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
  2. Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007.
  3. Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión que tenga declarada una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  4. Las empresas en crisis. Se utilizará para esta comprobación la definición del artículo 2.18 del Reglamento general de exención (Reglamento CE 651/2014). 

Proyectos Subvencionados

  1. Proyectos colectivos, de simbiosis industrial en los que un grupo de empresas (con un mínimo de dos empresas independientes, opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
    • Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones, tanto físicas como digitales, para la mejora de la función logística del conjunto de empresas.
    • Proponen la implantación de un sistema de mejora de la función logística, parcial o integral, de uso común, específicamente aplicable para su ámbito de actividad.
  2. Proyectos individuales en los que una pyme aborda la implantación de un sistema de mejora de su función logística, parcial o integral.

Los proyectos de la modalidad a) tendrán preferencia sobre los de la modalidad b). 

Los proyectos propuestos, tanto en la modalidad a) como en la b), deben encuadrarse en uno o varios de los siguientes ámbitos de actuación:

Digitalización y automatización:

  1. Automatización y/o robotización de procesos logísticos (carga y descarga, almacenaje, transporte y distribución).
  2. Geolocalización o sensorización para control de ubicaciones, con diferentes fines (trazabilidad, vigilancia, localización, etc.), de cargas, contenedores y medios de transporte.
  3. Aplicación de vehículos autónomos y elementos auxiliares para automatizar operaciones de transporte interno o carga y descarga.
  4.  Implantación de componentes o equipos en elementos de transporte exterior que optimicen capacidad de carga o reduzcan emisiones de GEI de los vehículos.ç
  5. Aplicación de métodos alternativos para aprovisionamiento y distribución en cascos históricos y otros lugares de difícil acceso.

Procesos y aplicaciones:

  1. Desarrollar e implantar procesos de logística inversa y/o recuperación o reciclaje de materiales de envasado, empaquetado, o cualquier otro utilizado en la preparación de las mercancías para el transporte.
  2. Desarrollar y adaptar contratos inteligentes y/o gestión de información en cadenas de bloques (blockchain).
  3.  API´s colaborativas y de intercambio de datos.
  4. Estudios de viabilidad, caracterización e ingeniería para la creación y/o ampliación de hub´s y microhub´s logísticos.

Virtualización y analítica de datos.

  1.  Aplicación de realidad virtual y/o aumentada a los procesos logísticos.
  2. Algoritmia y análisis de datos aplicados a los procesos logísticos.
  3. Análisis y optimización de operaciones de carga y descarga.
  4.  Simulación y virtualización de procesos logísticos.
  5. Monitorización y propuestas de reducción de huella de carbono en el transporte y distribución de mercancías.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS:

  • El gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000 €.
  • Los proyectos deberán alcanzar las siguientes puntuaciones mínimas para poder optar a la concesión de la ayuda en régimen de concurrencia competitiva:
    • Modalidades Proyectos colectivos: 50 puntos.
    • Modalidades Proyectos individuales: 30 puntos.

Gastos Subvencionados

  1. Colaboraciones externas de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
  2. Adquisición de software estándar o licencias de uso de propiedad industrial.
  3. Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte exterior y equipamiento de oficina excepto elementos informáticos. Este concepto de gasto subvencionable resulta aplicable únicamente a proyectos en los que se contemplen uno o varios de los ámbitos de actuación incluidos en el apartado «Digitalización y Automatización» definidos en bases reguladoras y siempre que la tipología de la inversión resulte directamente relacionada con los correspondientes ámbitos de actuación.
  4. En los proyectos de la modalidad proyectos colectivos, si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto hasta un máximo de 1.000 €/empresa (IVA excluido) participante en el proyecto. Ese importe se considerará gasto subvencionable de colaboraciones externas y se aplicará a todas las pymes participantes y en ningún caso podrá suponer más de un 5 % del importe del proyecto.

Plazo de Presentación

  • Desde el 9 de agosto de 2022 hasta el 15  de septiembre de 2022.

Plazo de Ejecución

  • Desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2023.

Cuantía de ayuda

  • En Adquisición de software estándar o licencias de uso de propiedad industrial e  Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad la ayuda será del 35 % para pequeñas empresas y del 25 % para medianas empresas.
  • Colaboraciones externas la ayuda será del 50%.

Límites máximos: ​100.000 € en proyectos individuales y de 100.000 € multiplicado por el número de empresas participantes en la agrupación, en los proyectos colectivos.